La Comisión VII Constitucional
de la Cámara de Representantes, aprobó en primer debate, el Proyecto de Ley
104, por medio de la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión del
Entrenador Deportivo, en Colombia.
¿Pero qué es lo que a norma
pretende?
- Fortalecer la institucionalidad en los organismos que hacen parte del Sistema Nacional del Deporte
- Proteger a los practicantes de las actividades deportivas de actividades realizadas por entrenadores que no cumplen con estándares de idoneidad profesional.
- Dignificar la labor del entrenador deportivo en Colombia, a través del reconocimiento y la reglamentación del ejercicio profesional.
¿Pero qué es lo que finalmente
establece el Proyecto de Ley?
- Para ejercer la profesión de entrenador deportivo, se debe estar inscrito, que tiene como requisito, tener título de profesional en deporte o tecnólogo en deporte, otorgado por Instituciones de Educación Superior reconocidas por el MEN.
- Los técnicos profesionales y entrenadores empíricos en deporte, pueden tener una inscripción de carácter provisional por el término de cinco (5) años, renovables por una sola vez.
- El profesional universitario, tecnólogo y técnico profesional en el área de deporte o educación física, requiere aprobar una evaluación de competencias profesionales.
- Quienes hayan estudiado en el Instituciones de Educación en el Exterior deben convalidar el título ante el MEN, y sus requisitos están establecidos en la resolución No 06950del 2015. (quien desee la resolución al final del blog, la solicita dejando el correo donde quiere que se las envíe)
- Los entrenadores deportivos deben solicitar por escrito la inscripción ante el Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo, acompañado de los demás documentos necesarios para la inscripción.
- Los costos de inscripción los determina el Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo con base en los costos.
La aprobación del proyecto de
Ley que reglamenta la profesión del Entrenador Deportivo es una muy buena
noticia, que propicia el desarrollo igualitario del deporte, según su ponente.
Adicionalmente, manifiesta que con esta ley Colombia pasa a reconocer la
actividad del Entrenador Deportivo como una profesión, como en los países desarrollados.
La ley contempla que todas
estas personas que en estos momentos están desempeñándose en esta actividad sin
ninguna preparación académica van a tener un plazo de cinco años para
acreditarse en universidades, bien sea para convalidar los estudios, los cursos
o los títulos que tengan o para acceder a los programas de nivelación que van a
ofrecer universidades del país, como la Escuela Nacional del Deporte.
Y si quiere reforzar sus
conocimientos sobre el entrenamiento deportivo lo invitamos a que ingrese al
siguiente link
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