lunes, 10 de junio de 2019

Requisito para entrada y salida del país de sus mascotas ✅

Requisito para entrada y salida del país de sus mascotas 


Si usted tiene una mascota y desea viajar con ella fuera de Colombia o ingresar a territorio colombiano debe cumplir los siguientes requisitos
Regístrese en el siguiente enlace con el fin de radicar su solicitud de inspección o de lo contrario se acercar a la oficina ICA ubicadas en los Puertos, Aeropuertos o Pasos de Frontera (PAPF) de ingreso al momento de su llegada para realizar la inspección documental y física de su mascota, y posterior expedición del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS).
Usted debe presentar al funcionario del ICA la siguiente documentación para el proceso de inspección:
1.       Certificado Sanitario.
Presente original y copia del certificado sanitario expedido o avalado por la entidad sanitaria oficial del país de origen con sello, firma y fecha de expedición no mayor a diez (10) días calendario, previo al ingreso de los animales
En el certificado se debe especificar:
·         La especie, raza, sexo, edad, color del pelaje.
·         Confirmar, que fue sometido a un examen clínico por parte de un Veterinario y al momento de realizar el examen su mascota se encontraba libre de síntomas y/o signos de enfermedades infectocontagiosas, parasitarias y sin presencia de heridas en proceso de cicatrización.
·         Que su mascota recibió un tratamiento antiparasitario interno y externo no mayor a 30 días antes del viaje, con productos cuyo uso está debidamente autorizado en el país de origen, indicando nombre del producto, principio activo y la fecha de administración de este.
·         Que su mascota se encuentra en condiciones sanitarias aptas para ser transportado.

2.       Certificado de vacunación.

·         Presentar el certificado o carné de vacunación original debe contener los siguientes elementos:
·         Presentar además del original una copia del certificado de vacunación vigente, que incluya la última vacunación de la rabia y las demás que se apliquen en el país de origen
·         Especificar nombre del producto, número de lote, fecha de administración y validez de la vacunación.
Para el viaje su mascota, debió recibir la primera vacuna antirrábica, por lo menos 1 mes antes del viaje.
La edad mínima permitida para el ingreso de mascotas es de 4 meses.
Las mascotas menores de 4 meses que no estén vacunados contra la rabia deben realizar cuarentena domiciliaria, con el fin de verificar el cumplimiento de esta exigencia.
3.       Inspección física del animal
El médico veterinario del ICA ubicado en el Puerto, Aeropuerto o Paso de Frontera (PAPF) de ingreso, posterior a la inspección documental realiza inspección física de su mascota, para constatar la condición de salud del animal y las declaraciones sanitarias certificadas en su país de origen.
4.       Expedición del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS)
Una vez el médico veterinario del ICA verifica el cumplimiento en la documentación y la condición sanitaria del animal, emite el Certificado de Inspección Sanitaria (CIS) que tiene un costo para el 2019 de 47.311
Pero si usted va a viajar con su mascota a los siguientes países tenga en cuenta: 
Aruba:
·         Solicitar permiso de ingreso de pre aprobación con el servicio veterinario oficial de Aruba vía mail vetservice@aruba.gov.aw
·         El certificado sanitario emitido por el médico veterinario adicionalmente debe certificar que la mascota se encuentra libre del parásito Cochliomyia hominivorax (gusano barrenador del ganado bovino).
·         El certificado sanitario emitido por el médico veterinario debe registrar el número de microchip que identifica la mascota. 
·         La vacuna antirrábica debe tener vigencia minina de 30 días. 
·         Tratamiento específico contra endo y ectoparásitos con ivermectina inyectable en dosis de 1ml / 50 kg no más de 72 horas antes de la llegada a Aruba. En perros colli y Sheltie se puede utilizar otro producto.
Australia:
·         No permiten el ingreso de mascotas (perros y gatos) procedentes de Colombia.
Brasil:
·         Para ingresar mascotas a este país el CIS expedido por el ICA debe ser apostillado en Cancillería.
China:
·         Solicitar ante el Servicio Veterinario Oficial de ese país, consulado o embajada la autorización previa de ingreso y cumplir con lo establecido en el permiso y diligenciar el formulario requerido.
 Curazao:
·         Solicitar permiso de ingreso de pre aprobación con el servicio veterinario oficial de Curazao.
Estados Unidos de América:
·         El certificado sanitario emitido por el médico veterinario adicionalmente debe certificar que la mascota se encuentra libre del parásito Cochliomyia hominivorax (gusano barrenador del ganado bovino).
·         Los cachorros (perros y gatos) se deben vacunar contra la Rabia a los tres (3) meses de edad y podrán viajar un mes después de aplicada la vacuna; por consiguiente, la edad mínima para viajar a los Estados Unidos de América es de cuatro (4) meses. 
·         Los perros para la reventa o con fines comerciales deben estar en buen estado de salud y vacunados contra la Rabia. La edad mínima para viajar es de seis (6) meses.
Japón:
·         Solicitar ante el Servicio Veterinario Oficial de ese país, consulado o embajada la autorización previa de ingreso y cumplir con lo establecido en el permiso y diligenciar el formulario requerido.
Panamá:
·         Para ingresar mascotas a este país el CIS expedido por el ICA debe ser apostillado en Cancillería.
·         El certificado de vacunación debe estar en original y copia conteniendo las siguientes vacunas (vigentes): Rabia, Distemper (Moquillo), Parvovirus, Leptospirosis y Hepatitis. 
 Trinidad y Tobago:
·         Solicitar permiso de ingreso de pre aprobación con el servicio veterinario oficial de Trinidad y Tobago.
 Unión Europea, Reino Unido y Suiza:  
·         Según el reglamento UE No. 576/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, establece los nuevos requisitos para la movilización de mascotas (perros, gatos y hurones) a los estados miembros de la UE.
·         La mascota debe estar identificada con un microchip que cumpla con la norma ISO 11784 y aplicar la tecnología HDX o FDX-B, y poder ser leído con un dispositivo de lectura compatible con la norma ISO 11785.
·         La mascota debe estar vacunada contra la rabia, para lo cual debe tener, al menos, 3 meses de edad (Reglamento UE No.576/2013).
·         Se debe realizar una prueba de títulos de anticuerpos contra rabia. La toma y envió de la muestra debe ser realizada por un médico veterinario particular en ejercicio de su profesión.
·         Resultado de análisis de laboratorio de anticuerpos neutralizantes contra Rabia (original y copia) debe ser realizado por un laboratorio autorizado por la Unión Europea y su resultado no debe ser inferior a 0,5 ui/ml. La muestra de suero debe ser tomada un (1) mes después de realizada la vacunación contra la rabia y tres (3) meses antes del desplazamiento, es decir, la edad mínima para que la mascota pueda entrar en los países de la Unión Europea es de siete (7) meses.
·         Las mascotas que retornen a los países de la UE deben tener la prueba serológica de anticuerpos antirrábicos y esta será válida siempre y cuando su plan de vacunación se encuentre al día.
El listado de los laboratorios autorizados puede ser consultado en el siguiente enlace 

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