Si usted tiene una mascota y
desea viajar con ella fuera de Colombia o ingresar a territorio colombiano debe
cumplir los siguientes requisitos
Regístrese en el siguiente enlace con el fin de radicar su solicitud de inspección o de lo contrario se acercar a
la oficina ICA ubicadas en los Puertos, Aeropuertos o Pasos de Frontera (PAPF)
de ingreso al momento de su llegada para realizar la inspección documental y
física de su mascota, y posterior expedición del Certificado de Inspección
Sanitaria (CIS).
Usted debe presentar al
funcionario del ICA la siguiente documentación para el proceso de inspección:
1. Certificado
Sanitario.
Presente original y copia del
certificado sanitario expedido o avalado por la entidad sanitaria oficial del
país de origen con sello, firma y fecha de expedición no mayor a diez (10) días
calendario, previo al ingreso de los animales
En el certificado se debe
especificar:
·
La especie, raza, sexo, edad, color del pelaje.
·
Confirmar, que fue sometido a un examen clínico
por parte de un Veterinario y al momento de realizar el examen su mascota se
encontraba libre de síntomas y/o signos de enfermedades infectocontagiosas,
parasitarias y sin presencia de heridas en proceso de cicatrización.
·
Que su mascota recibió un tratamiento
antiparasitario interno y externo no mayor a 30 días antes del viaje, con
productos cuyo uso está debidamente autorizado en el país de origen, indicando
nombre del producto, principio activo y la fecha de administración de este.
·
Que su mascota se encuentra en condiciones
sanitarias aptas para ser transportado.
2. Certificado
de vacunación.
·
Presentar el certificado o carné de vacunación original
debe contener los siguientes elementos:
·
Presentar además del original una copia del
certificado de vacunación vigente, que incluya la última vacunación de la rabia
y las demás que se apliquen en el país de origen
·
Especificar nombre del producto, número de lote,
fecha de administración y validez de la vacunación.
Para el viaje su mascota, debió
recibir la primera vacuna antirrábica, por lo menos 1 mes antes del viaje.
La edad mínima permitida para el
ingreso de mascotas es de 4 meses.
Las mascotas menores de 4 meses
que no estén vacunados contra la rabia deben realizar cuarentena domiciliaria,
con el fin de verificar el cumplimiento de esta exigencia.
3. Inspección
física del animal
El médico veterinario del ICA
ubicado en el Puerto, Aeropuerto o Paso de Frontera (PAPF) de ingreso,
posterior a la inspección documental realiza inspección física de su mascota, para
constatar la condición de salud del animal y las declaraciones sanitarias
certificadas en su país de origen.
4. Expedición
del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS)
Una vez el médico veterinario del
ICA verifica el cumplimiento en la documentación y la condición sanitaria del
animal, emite el Certificado de Inspección Sanitaria (CIS) que tiene un costo
para el 2019 de 47.311
Pero si usted va a viajar con su
mascota a los siguientes países tenga en cuenta:
Aruba:
·
Solicitar permiso de ingreso de pre aprobación
con el servicio veterinario oficial de Aruba vía mail vetservice@aruba.gov.aw
·
El certificado sanitario emitido por el médico
veterinario adicionalmente debe certificar que la mascota se encuentra libre
del parásito Cochliomyia hominivorax (gusano barrenador del ganado bovino).
·
El certificado sanitario emitido por el médico
veterinario debe registrar el número de microchip que identifica la
mascota.
·
La vacuna antirrábica debe tener vigencia minina
de 30 días.
·
Tratamiento específico contra endo y
ectoparásitos con ivermectina inyectable en dosis de 1ml / 50 kg no más de 72
horas antes de la llegada a Aruba. En perros colli y Sheltie se puede utilizar
otro producto.
Australia:
·
No permiten el ingreso de mascotas (perros y
gatos) procedentes de Colombia.
Brasil:
·
Para ingresar mascotas a este país el CIS
expedido por el ICA debe ser apostillado en Cancillería.
China:
·
Solicitar ante el Servicio Veterinario Oficial
de ese país, consulado o embajada la autorización previa de ingreso y cumplir
con lo establecido en el permiso y diligenciar el formulario requerido.
Curazao:
·
Solicitar permiso de ingreso de pre aprobación
con el servicio veterinario oficial de Curazao.
Estados Unidos de América:
·
El certificado sanitario emitido por el médico
veterinario adicionalmente debe certificar que la mascota se encuentra libre
del parásito Cochliomyia hominivorax (gusano barrenador del ganado bovino).
·
Los cachorros (perros y gatos) se deben vacunar
contra la Rabia a los tres (3) meses de edad y podrán viajar un mes después de
aplicada la vacuna; por consiguiente, la edad mínima para viajar a los Estados
Unidos de América es de cuatro (4) meses.
·
Los perros para la reventa o con fines
comerciales deben estar en buen estado de salud y vacunados contra la Rabia. La
edad mínima para viajar es de seis (6) meses.
Japón:
·
Solicitar ante el Servicio Veterinario Oficial
de ese país, consulado o embajada la autorización previa de ingreso y cumplir
con lo establecido en el permiso y diligenciar el formulario requerido.
Panamá:
·
Para ingresar mascotas a este país el CIS
expedido por el ICA debe ser apostillado en Cancillería.
·
El certificado de vacunación debe estar en
original y copia conteniendo las siguientes vacunas (vigentes): Rabia,
Distemper (Moquillo), Parvovirus, Leptospirosis y Hepatitis.
Trinidad y Tobago:
·
Solicitar permiso de ingreso de pre aprobación
con el servicio veterinario oficial de Trinidad y Tobago.
Unión Europea, Reino Unido y Suiza:
·
Según el reglamento UE No. 576/2013 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, establece los nuevos
requisitos para la movilización de mascotas (perros, gatos y hurones) a los
estados miembros de la UE.
·
La mascota debe estar identificada con un
microchip que cumpla con la norma ISO 11784 y aplicar la tecnología HDX o
FDX-B, y poder ser leído con un dispositivo de lectura compatible con la norma
ISO 11785.
·
La mascota debe estar vacunada contra la rabia,
para lo cual debe tener, al menos, 3 meses de edad (Reglamento UE No.576/2013).
·
Se debe realizar una prueba de títulos de
anticuerpos contra rabia. La toma y envió de la muestra debe ser realizada por
un médico veterinario particular en ejercicio de su profesión.
·
Resultado de análisis de laboratorio de
anticuerpos neutralizantes contra Rabia (original y copia) debe ser realizado
por un laboratorio autorizado por la Unión Europea y su resultado no debe ser
inferior a 0,5 ui/ml. La muestra de suero debe ser tomada un (1) mes después de
realizada la vacunación contra la rabia y tres (3) meses antes del
desplazamiento, es decir, la edad mínima para que la mascota pueda entrar en
los países de la Unión Europea es de siete (7) meses.
·
Las mascotas que retornen a los países de la UE
deben tener la prueba serológica de anticuerpos antirrábicos y esta será válida
siempre y cuando su plan de vacunación se encuentre al día.
El listado de los laboratorios autorizados puede
ser consultado en el siguiente enlace
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